ALONSO FIDALGO · PROCURADORES EN MADRID

Procurador mercantil y concursal en Madrid

Representamos a empresas, autónomos y particulares en procedimientos mercantiles y concursales ante los tribunales de Madrid, en estrecha colaboración con el abogado que dirige cada asunto.

  • Tramitación ágil: presentación de escritos y control de plazos sin demoras.
  • Comunicación constante: te trasladamos cada notificación en cuanto la recibimos.
  • Presencia en los tribunales de Madrid: despacho en la calle Princesa, junto a las principales sedes judiciales.
  • Para abogados, empresas y particulares: también para despachos de fuera de Madrid.

Solicitar presupuesto Llámanos: 918 268 251

Procurador mercantil y concursal en Madrid

¿Qué hace un procurador en los procedimientos mercantiles?

El derecho mercantil regula la actividad de las empresas: su constitución y funcionamiento, los contratos comerciales, la competencia, la propiedad industrial y las situaciones de insolvencia. Cuando surge un conflicto en este ámbito y llega a los tribunales, el procurador es quien representa a la empresa o al particular ante el juzgado.

En Alonso Fidalgo Procuradores actuamos ante la sección de lo mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid (los antiguos juzgados de lo mercantil), la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo. En concreto, nos encargamos de:

  • Representar procesalmente a empresas, autónomos y particulares ante el tribunal.
  • Presentar demandas, escritos, recursos y documentación a través de LexNET.
  • Recibir las notificaciones judiciales y trasladarlas al abogado de inmediato.
  • Controlar los plazos procesales para que ningún trámite se pierda.
  • Solicitar y diligenciar embargos, mandamientos, oficios y exhortos.
  • Coordinarnos con el abogado y con la administración concursal para impulsar el procedimiento.

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Procedimientos mercantiles en los que intervenimos

Estos son algunos de los asuntos mercantiles y concursales más habituales en los que actuamos como procuradores. Si tu procedimiento no aparece en la lista, consúltanos.

Solicitud de concurso voluntario de empresas y autónomos
Solicitud de concurso necesario por parte de acreedores
Incidentes concursales: impugnación del inventario y de la lista de acreedores
Calificación del concurso
Homologación de planes de reestructuración
Concurso de persona física, con o sin actividad empresarial
Solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho
Planes de pagos
Seguimiento del procedimiento hasta la resolución de exoneración
Impugnación de acuerdos sociales de juntas y consejos de administración
Acciones de responsabilidad contra administradores
Conflictos entre socios: derecho de información, separación y exclusión
Disolución judicial de sociedades
Convocatoria judicial de juntas
Reclamaciones por incumplimiento de contratos mercantiles
Contratos de distribución, agencia y franquicia
Contratos de transporte
Resolución de contratos e indemnizaciones
Procedimientos monitorios por facturas impagadas
Juicios cambiarios: letras de cambio, pagarés y cheques
Ejecución de sentencias, embargos y subastas
Reclamaciones de los afectados por el pacto ilegal de precios de fabricantes y concesionarios entre 2006 y 2013
Reclamaciones por otros cárteles sancionados por la CNMC
Competencia desleal
Más información en nuestro artículo sobre las reclamaciones del cártel de coches
Acciones por infracción de marcas, patentes y diseños
Nulidad de marcas y otros derechos registrados
Reclamaciones en materia de propiedad intelectual
Recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid
Recursos de casación ante el Tribunal Supremo

Preguntas frecuentes

En la gran mayoría de los casos. La Ley de Enjuiciamiento Civil exige procurador en los juicios ordinarios, en los verbales de más de 2.000 euros y en los recursos ante la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo. En el ámbito concursal también es necesario para solicitar la declaración de concurso y para intervenir como parte en el procedimiento. En cambio, el acreedor no necesita procurador para comunicar su crédito al administrador concursal.
Sí. La Ley de Segunda Oportunidad se tramita dentro de un concurso de acreedores de persona física, y el deudor debe comparecer ante el juzgado con abogado y procurador. Puedes leer más sobre los requisitos y las fases en nuestro artículo sobre la Ley de Segunda Oportunidad.
En primera instancia, la sección de lo mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, que sustituye a los antiguos juzgados de lo mercantil. Los recursos de apelación se resuelven en la Audiencia Provincial de Madrid y los de casación en el Tribunal Supremo, con sede también en Madrid.
Sí. Muchas empresas tienen su domicilio social en Madrid, por lo que es frecuente que demandas, concursos o reclamaciones como las del cártel de coches se tramiten en los tribunales madrileños. Nos personamos en el procedimiento, presentamos tus escritos y te trasladamos cada notificación al momento.
Puede hacerse mediante poder notarial o mediante apoderamiento apud acta, de forma electrónica o compareciendo ante el letrado de la Administración de Justicia. En el caso de sociedades, lo otorga quien tenga facultades de representación de la empresa.
Los derechos del procurador están sujetos a arancel y dependen del tipo de procedimiento y de su cuantía. Antes de empezar te enviamos un presupuesto detallado para que sepas desde el principio cuánto vas a pagar.

¿Necesitas un procurador mercantil en Madrid?

Cuéntanos de qué procedimiento se trata, en qué juzgado se tramita y en qué fase está, y te diremos cómo podemos ayudarte. También puedes consultar el resto de nuestros servicios de procurador en Madrid.

Llámanos: 918 268 251 · procuradores@alonsofidalgo.com

Contacto

Escríbenos con los datos de tu procedimiento y te responderemos con un presupuesto lo antes posible.

 

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Email: procuradores@alonsofidalgo.com

Dirección: Calle Princesa 31, 2º 2 · 28008 Madrid