Representamos a víctimas, investigados, acusados y empresas en procedimientos penales ante los tribunales de Madrid, trabajando mano a mano con el abogado penalista en cada fase de la causa.
Comunicación constante: te trasladamos cada notificación en cuanto la recibimos.
Presencia en los tribunales de Madrid: despacho en la calle Princesa, cerca de las principales sedes judiciales.
Para abogados penalistas, empresas y particulares: también para despachos de fuera de Madrid.
¿Qué hace un procurador en los procedimientos penales?
El derecho penal define los delitos y las penas, y el proceso penal es el cauce para investigarlos y juzgarlos. En una causa penal el procurador representa a su cliente ante el tribunal y se asegura de que ninguna notificación ni ningún plazo se pierda, algo especialmente delicado en esta jurisdicción.
En Alonso Fidalgo Procuradores nos encargamos, además de las funciones generales de todo procurador, de:
Controlar los plazos procesales: durante la instrucción todos los días son hábiles, así que estamos disponibles todo el año, incluidos fines de semana y festivos.
Presentar escritos aunque el vencimiento caiga en un día festivo.
Dar traslado de copias de los escritos presentados a todas las partes del procedimiento.
Remitir las citaciones al abogado y directamente al cliente.
Trasladar las resoluciones del tribunal al abogado, con especial atención a las sentencias, porque desde su notificación empiezan a correr los plazos de recurso.
Obtener del juzgado la documentación de la causa que el abogado necesita para preparar la defensa.
Asistir a las vistas cuando es necesario, por ejemplo cuando el cliente es una empresa.
Damos cobertura en los partidos judiciales de la Comunidad de Madrid y ante los órganos penales con sede en Madrid:
Tribunal de Instancia, sección de instrucción (antiguos juzgados de instrucción).
Tribunal de Instancia, sección de lo penal (antiguos juzgados de lo penal).
Tribunal de Instancia, sección de violencia sobre la mujer.
Tribunal de Instancia, secciones de menores y de vigilancia penitenciaria.
Audiencia Provincial de Madrid.
Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Audiencia Nacional.
Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Procedimientos penales en los que intervenimos
Estos son algunos de los asuntos penales más habituales en los que actuamos como procuradores, desde delitos leves hasta causas complejas. Si tu procedimiento no aparece en la lista, consúltanos.
Presentación de querellas
Personación de la víctima o perjudicado como acusación particular
Ejercicio de la acción civil derivada del delito
Personación urgente en causas con detenido
Recursos contra la prisión provisional y otras medidas cautelares
Órdenes de protección y medidas de alejamiento
Alcoholemias y conducción bajo los efectos de drogas
Conducción sin permiso o con exceso de velocidad
Accidentes de tráfico con resultado de lesiones
Procedimientos ante la sección de violencia sobre la mujer
Violencia doméstica en el ámbito familiar
Quebrantamiento de condena o de medida cautelar
Delito de impago de pensiones a hijos y cónyuges
Reclamación de las cantidades adeudadas dentro del procedimiento penal
Falsedad en documento público, oficial o mercantil
Estafas y apropiaciones indebidas
Administración desleal e insolvencias punibles
Usurpación de identidad y suplantación en internet
Estafas informáticas y phishing
Delitos contra el honor y la intimidad cometidos en redes
Procedimientos ante la sección de menores
Personación de las víctimas en el expediente de menores
Recursos contra las medidas impuestas
Suspensión y sustitución de penas
Permisos, clasificación y libertad condicional
Recursos ante la sección de vigilancia penitenciaria
Recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Recursos de casación ante el Tribunal Supremo
Recursos de queja
Preguntas frecuentes
Es obligatorio para presentar una querella, para personarse como acusación en las fases avanzadas del procedimiento y, en el procedimiento abreviado, a partir de la apertura del juicio oral, cuando hay que presentar el escrito de defensa. En el sumario, que es el procedimiento de los delitos más graves, se exige desde el procesamiento. También es obligatorio en los recursos de apelación, casación y queja.
En las diligencias previas el investigado puede estar representado por su abogado sin necesidad de procurador. Aun así, es recomendable designarlo desde el principio: en instrucción todos los días son hábiles y contar con un procurador evita perder notificaciones o plazos.
No. La denuncia puede presentarse en comisaría, en el juzgado o ante la Fiscalía sin abogado ni procurador. Si además quieres ejercer la acusación, lo habitual es presentar una querella o personarte en la causa, y para eso sí interviene el procurador.
No. En los juicios por delitos leves, las antiguas faltas, la ley no exige ni abogado ni procurador, aunque las partes pueden designarlos si lo desean.
Normalmente no es necesario, porque en el juicio penal la defensa la ejerce el abogado y el acusado debe estar presente. La asistencia del procurador es habitual cuando el cliente es una empresa y no comparece su representante legal.
Sí. Actuamos ante la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y todos los órganos penales de Madrid. Nos personamos en la causa, presentamos tus escritos y te trasladamos cada notificación al momento, también en días inhábiles.
Los derechos del procurador están sujetos a arancel y dependen del tipo de procedimiento y de la fase en la que intervenga. Antes de empezar te enviamos un presupuesto detallado para que sepas desde el principio cuánto vas a pagar.
¿Necesitas un procurador penal en Madrid?
Cuéntanos de qué procedimiento se trata, en qué juzgado se tramita y en qué fase está, y te diremos cómo podemos ayudarte. También puedes consultar el resto de nuestros servicios de procurador en Madrid.